En 1949 se publica Las Estructuras elementales del parentesco (EEP) de Lévi-Strauss. Supone el lanzamiento de un nuevo paradigma teórico contrapuesto a la teoría de linajes predominante en la Antropología británica: la llamada teoría de la alianza.
[...] Frente a la cultura, la naturaleza se define por la ausencia de reglas , y frente a la naturaleza, la cultura se aprecia por la presencia de lenguaje . Respecto al cómo del tránsito, aunque “ningún análisis permite captar el punto de transición entre los hechos naturales y los hechos culturales, ni el mecanismo de su articulación”, sugiere sin embargo dos criterios que permiten el desvelamiento lógico del mecanismo estructural de la articulación básica y originaria entre naturaleza y cultura: la presencia de la regla como criterio de reconocimiento de lo social, la universalidad como criterio de la naturaleza. Y AQUÍ ESTA EL PUNTO CULMINANTE del razonamiento de Lévi-Strauss: dado que la prohibición del incesto constituye una regla y es, a la vez, la única regla que posee un carácter de universalidad, concluye que “la prohibición del incesto está, a la vez, en el umbral de la cultura y en la cultura, y es, en cierto sentido, la cultura misma”. “Constituye el tránsito fundamental gracias al cual, por el cual, pero sobre todo por el cual, se consuma el paso de la naturaleza a la cultura” (EEP). Este paso supone una intervención cultural sobre la naturaleza en el terreno de la reproducción y de la relación entre los sexos, intervención que articula el hecho natural de la consanguinidad con el hecho cultural de la alianza. Enfocada desde su realidad de regla social, la prohibición del incesto supone una afirmación del derecho del grupo a controlar su valor esencial, un “bien escaso” de fundamental importancia en las sociedades primitivas: las mujeres.